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La justicia europea parece que avala el que los conductores tomen el descanso semanal ordinario fuera del camión.

Francia y Bélgica establecieron a finales del año 2014 la prohibición de que los conductores profesionales en circulación por dichos Estados pudieran realizar el descanso semanal ordinario (45 horas mínimo) a bordo de los camiones, para lo que fijaron sanciones de hasta 30.000 euros en caso de incumplimiento. FENADISMER acaba de conocer que la justicia europea avala esta prohibición de hacer el descanso ordinario a bordo del camión.

Dicha prohibición, que estaba siendo objeto de análisis por parte de la Comisión Europea por posible vulneración de la normativa comunitaria, se aplicaba exclusivamente a los descansos semanales normales, superiores a 45 horas y que los conductores deben tomar obligatoriamente cada dos semanas de conducción.

Como consecuencia de un recurso iniciado por una empresa transportista cuyo chófer fue sancionado por las autoridades belgas por hacer el descanso semanal ordinario a bordo del camión, esta prohibición fijada por Francia y Bélgica está siendo analizada  por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En dicho procedimiento judicial se han personado varios países europeos en defensa o rechazo de dicha regulación. Así por una parte Austria, Bélgica, Francia y Alemania se han manifestado en apoyo de dicha prohibición, frente a España y Estonia que se oponen a tal medida.

A este respecto, según ha podido saber FENADISMER, la Abogacía General del Tribunal Europeo ha emitido su informe preceptivo el pasado 2 de Febrero confirmando la legalidad de dicha regulación y su compatibilidad con la normativa europea, al entender que en lo que se refiere al descanso semanal el Reglamento comunitario 561/2006 debe “interpretarse en sentido de que un conductor no debe tomar el descanso semanal ordinario dentro del vehículo”.

Tras las conclusiones emitidas por el Abogado General del Tribunal Europeo, se estima que en los próximos meses el Alto Tribunal europeo resolverá en el sentido de avalar la regulación sobre prohibición del descanso semanal de los conductores a bordo de los vehículos de transporte.