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Estimados Socios, en referencia a la obligación de registrar, diariamente, la firma a la hora de entrada y salida de la jornada de los trabajadores, les adjuntamos Instrucción 1/2017 de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el que  se confirma que ya no es obligatorio su registro en una jornada normal de trabajo, excepto los trabajadores a tiempo parcial, trabajadores móviles en el transporte por carretera, de la marina mercante o ferroviarios, por lo que la Inspección seguirá exigiendo a estas empresas la llevanza de los registros, proponiendo sanciones por sus incumplimientos.

DESCARGAR Instruccion ITSS de 18-05-17 sobre registro de jornada