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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido recientemente una resolución mediante la que impone multas hasta a diez empresas de mensajería y paquetería “por repartirse los clientes empresariales entre sí”. El montante total de las sanciones supera los 68 millones, que deberán ser abonados por Correos Express, FedEx, UPS, DHL, TNT, MBE, GLS, Tourline, ICS y Redyser.

La CNMC considera probado que, en el marco de los acuerdos de colaboración que los operadores del sector mantienen entre sí para completar sus respectivas redes de distribución, “algunas empresas concluyeron en paralelo pactos verbales de no agresión”, a través de los cuales “las compañías involucradas en la relación comercial se comprometían a no realizar ofertas comerciales a ninguno de los clientes de su competidora”.

En palabras de la CNMC, con estas conductas “se impedía a los clientes de ambas empresas acceder a los servicios de una parte de la competencia”. El ente supervisor ha descubierto un total de nueve cárteles, en cuatro de los cuales participaba Correos Express, mientras que ICS hacía lo propio en tres.

Los hechos comenzaron a investigarse después de que General Logistics Spain (GLS) solicitara la exención del pago de la multa por participar en los citados cárteles. A raíz de la denuncia, la CNMC llevó a cabo cuatro inspecciones en las respectivas sedes de Correos Express, MBE, Redyser e ICS,“con las que se recabaron miles de correos electrónicos y WhatsApp acreditativos de las conductas sancionadas”.

El hecho de que GLS destapara los acuerdos entre los diferentes operadores ha hecho que la CNMC le hayaeximido del pago de la multa de 3,8 millones de euros que por su conducta le habría correspondido.

No se han librado, ni mucho menos, Correos Express, con una multa de 19,6 millones de euros; UPS, con 19,2; TNT, con 16,2; DHL con 5, Tourline, con 3,1 millones de euros; Redyser, con 2,1 millones; FedEx, con 1,8; ICS, con 773.314 euros; y MBE, con 690.400 de euros.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación.