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Cadena de Suministro

La nueva norma reemplaza al anterior régimen de regulación de estas compensaciones, para aclarar los conceptos y el contenido de algunos de sus artículos, mejorar los trámites administrativos y reducir las cargas administrativas.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado esta misma semana un nuevo Real Decreto sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancíasno incluidas en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con origen o destino en las Islas Canarias, que ya está en vigor.

La norma reemplaza al anterior régimen de regulación de estas compensaciones, con el fin de aclarar los conceptos y el contenido de algunos de sus artículos, mejorar los trámites administrativos y reducir las cargas administrativas, mientras que, al mismo tiempo, se mantiene la seguridad de cara a la acreditación fehaciente de la compensación.

En este sentido, la nueva ley determina los productos cuyo transporte es compensable, así como los costes compensables, su cálculo y los límites de las ayudas.

Por otro lado, también se modifican los requisitos generales y las obligaciones de los beneficiarios de las compensaciones, así como la documentación acreditativa que deben aportar para poder disfrutas de las subvenciones y el procedimiento de otorgamientos de las ayudas.

En octubre del año pasado, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia pidió a Fomento cambios en el sistema de ayudas con el que se compensa al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias a través de un informe que señalaba que para las subvenciones se deberían tomar como referencia los costes de una empresa gestionada de forma eficiente.